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lunes, 11 de agosto de 2014

Derechos Políticos de los Inmigrantes en España


 



Oscar Imbaquingo Director de ElEcuatoriano.Net
La Declaración francesa de los Derechos del Hombre y de la Ciudadanía de 1789, señala la diferencia entre ciudadanos y personas; su argumento central es la igualdad de los derechos civiles, pero no los derechos políticos. Es decir la igualdad entre nativos y extranjeros en cuanto la aplicación de las leyes penales, derechos civiles y otros.
Históricamente el proceso del reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres fue lento, pero es mucho más el de los extranjeros que todavía sigue pendiente.
El Artículo 16 del Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950, establece claramente restricciones a la actividad política de los extranjeros. Más adelante en las constituciones que se aprueban en los años sesenta en España, Portugal y Grecia se continúan con la exclusión política de los extranjeros residentes en esos países.
La actual Constitución Española otorga el derecho al sufragio a los españoles, y para el caso de los extranjeros, se les extiende ese derecho, cuando exista un tratado o ley pero solamente para los procesos electorales locales y según el principio de reciprocidad con los países de origen. Nos referimos al artículo 13.2 Constitución Española que ha servido para la negativa del voto de los inmigrantes con residencia de larga duración, artículo que fue elaborado en el contexto social y político de los años: 1977-1978.
El artículo 13.2 CE textualmente dice: «Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.»
El tratado de Maastricht de 1992 incorpora el derecho del voto en las elecciones municipales, a todos los ciudadanos comunitarios residentes en España o en otro de la Comunidad Europea.
De otra parte, el crecimiento del la inmigración proveniente de los países extracomunitarios como: Ecuador, Marruecos, Colombia, etc. en los últimos años, determinó que en el 2006, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobara por unanimidad una propuesta (no de Ley) en la que de alguna manera se extendía el derecho del sufragio para un limitado número de inmigrantes residentes en España, que procedan de países con los cuales se ejecuten determinados acuerdos de reciprocidad.
Sin embargo de que esta resolución es un hito importante en el desarrollo histórico de los derechos políticos de los extranjeros en general y en especial de los residentes en España, la misma no deja de ser una solución con limitados resultados.
Para las elecciones de 2011, los países con los que se firmó y ejecutó el acuerdo fueron: Ecuador, Perú, Chile, Colombia, Noruega, Nueva Zelanda, y con los Países de la UE. En cambio es larga la lista de los países que no lograron llegar un acuerdo: Rusia, China, Cuba, Filipinas, Ucrania, República Dominicana, Gambia, Guinea Ecuatorial, Nigeria, Senegal, Maruecos, Pakistán, entre otros.
Después de revisar la larga lista de Países no “firmantes”, vemos que un número alto de extranjeros se vieron imposibilitados de acogerse a este derecho, por lo que afloran serios cuestionamientos a este procedimiento, como la división entre quienes sí pueden participar en el proceso electoral y los que no, porque sus países de origen no cumplen con los acuerdos de reciprocidad y de democracia, razones de las cuales no tienen ninguna responsabilidad o, incluso, son los motivos por los que salieron de esos países.
Otra limitación, es que solo permite votar los extranjeros que tengan por lo menos, cinco años de residencia, lo que para el 2011 limitó ese derecho únicamente al 10 % de los más de tres millones de extranjeros extracomunitarios.
Como se ve, la reciprocidad en vez de constituirse en un avance en el desarrollo de los derechos políticos de los extranjeros en España, se ha convertido en un obstáculo que no permite una participación social y política mayoritaria de los extranjeros residentes en España.
Consideramos actualmente que las elecciones municipales deben constituirse en un derecho político fundamental para las personas extranjeras en España, porque, en general, se cumplen las condiciones para la realización de una reforma constitucional que permita viabilizar este derecho, como iremos demostrando en futuras publicaciones.
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lunes, 21 de julio de 2014

Más impuestos en contra de los Ecuatorianos en el exterior


Oscar Imbaquingo, Director de El Ecuatoriano.Net
Una vez mas el gobierno de Rafael Correa asesta un duro golpe a la sufrida economía de los ciudadanos que vivimos en el exterior, con la cuento de que estos impuestos, solamente afectan a las compras que se hacen en el exterior por Internet, desde Ecuador con un valor superior a cuatro kilos o $400.
El ejecutor de estas acciones antipopulares (tasas) es El Comité de Comercio Exterior ( Comex ), quienes el jueves 17 de Julio pasado, habrían resuelto esta medida. Estas tasas impositivas afectan a las compras que se hacen por medio del Internet y a los migrantes. A cada compra se le sumará $ 42,00 de tal manera que quienes adquieran bienes en el exterior deberán agregar a su valor de factura una tasa con el valor antes señalado. Si el valor en el exterior de un bien es de $ 60,00 se deberá sumar $ 42,00 ó sea que el costo final de dicho bien será de $ 102, 00.
A todo esto, se suma un cupo anual por persona que alcanza $1.200 o el envío de cinco paquetes, es decir, si envía cinco paquetes que sumen menos de $1.200 ya no puedo enviar la diferencia en ese año. O si envía $1.200 en tres paquetes, ya no puede traer dos paquetes más. A esto hay que añadirle el 5% del Impuesto de Salida de Divisas. Más impuestos, mas tazas, mas imposiciones económicas y sociales para los ecuatorianos que residimos en el exterior y aquellos que compran por Internet.
Nos preguntamos?. Es esto parte del “gran milagro ecuatoriano”?. Es esta la gran obra que están desarrollando los “representantes” de los Migrantes, en la Asamblea Nacional?. Es por esto que el Presidente de la República nos ha hecho públicos llamamientos de que regresemos “a casa”, para pagar más impuestos?.
Les recordamos que el pueblo ecuatoriano les eligió como administradores temporales de los bienes públicos, nos nuestros verdugos. Para su conocimiento solo en España hay mas de 100 mil ecuatorianos sin trabajo, por la crisis económica, más de 12 mil familias desahuciadas y miles de ecuatori@s quisieran regresar, como debería ser lo normal, pero que estas mismas familias al comunicarse con sus propias familias o con lo que han regresado les han hecho conocer que el cacareado “milagro ecuatoriano” no existe, que lo que si existe es falta de trabajo, inseguridad, miedo, corrupción, pobreza.
Pero claro como esto es parte de nuestra realidad, es difícil que conozcan quienes desde las embajadas y consulados y otros, disfrutan una pomposa vida con los dineros de todos los ecuatorianos, y peor aun van a conocer las empresas extranjeras de marketing político contratadas con millonarias sumas en Euros por el gobierno ecuatoriano, y que mediante sus “masturbaciones mentales”, pretenden conocer y controlar nuestras vidas, por pensar de manera diferente.
Invitamos al Sr. Francisco Xavier Rivadeneira Sarzosa a reflexionar y a pensar en función de los más de tres millones de ecuatorianos en el exterior, quienes sumados a nuestras familias que viven en el Ecuador ( más de seis millones ), somos una mayoría absoluta de ecuatorianos de mas nueve millones de ecuatorianos que nos veremos afectados por esas medidas, que no solo tiene efectos económicas sino fundamentalmente afectivos, personales (“regalos a los guaguas”, etc.) y de las cuales nos veríamos impedidos de realizarlos por estas tasas impositivas.
Más Información: AQUÍ
Madrid, 21 de Julio del 2014
POR FAVOR FIRMA Y COMPARTE ESTA PETICIÓN: secure.avaaz.org


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